Con 44 votos a favor y 5 en contra, 2 abstenciones, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó este 20 de octubre en tercer debate el Proyecto de Ley 1100, que aprueba el Contrato de Concesión Minera celebrado entre el Estado y la Sociedad Minera Panamá, S.A. hasta el año 2041.
De esta manera, el Proyecto de Ley 1100 aprobado en la sesión ordinaria de este viernes, pasa a manos del Ejecutivo para su respectiva sanción por parte del presidente de la República, Laurentino Cortizo Cohen.
Durante la discusión, el ministro de Comercio e Industria, Federico Boyd, sustentó dicho contrato y reiteró el compromiso del Estado con las labores de monitoreo, control y cumplimiento de las normas ambientales establecidas en dicho documento.
El pasado 10 de octubre, el Consejo de Gabinete aprobó el contrato entre el Estado y Minera Panamá S.A., con modificaciones identificadas en la resolución de la Comisión de Comercio y Asuntos Económicos de la Asamblea Nacional.
Estas modificaciones incluían la eliminación del contrato y las cláusulas de expropiación. Así mismo, se aclaró que Minera Panamá solo puede explorar, extraer, y explotar cobre y sus minerales asociados en el área de concesión en los distritos de Donoso y Omar Torrijos. El contrato deja claro que no pueden extraer minerales fuera del área de concesión.
Se eliminó del contrato la cláusula que permitía a Minera Panamá solicitar restricciones al espacio aéreo. En cuanto al contrato marco, ña cláusula también queda eliminada, aclarándose que los términos de este contrato solo aplican a Minera Panamá.
Se eliminó el derecho de Minera Panamá de solicitar al Estado clasificar la identidad de beneficiarios finales de acceso restringido. En cambio, se establece que esta información está sujeta a la ley general de Panamá.
Así mismo, quedó eliminada la cláusula del contrato que contemplaba que el Estado otorgaría una concesión de exploración de oro, plata y molibdeno. Mediante las modificaciones aprobadas, el contrato no autoriza ninguna otra concesión para Minera Panamá.
Se incluyó una cláusula reafirmando que nada en el Contrato restringe ni limita la soberanía de la República de Panamá sobre su territorio.